Micelio
Auto5 de junio de 2024

A- de 2024

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante De Oficio·Demandado Vargas Cuantindioy Jose Ausberto

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Normativo
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto aparente de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal del Valle de Guamez (Putumayo) y el Cabildo Indígena Selvas del Putumayo.

Se presenta la controversia entre los Despachos por proceso penal adelantado por la Fiscalía Seccional 37 de Orito (Putumayo), contra un ciudadano, miembro de comunidad indígena, por el presunto delito de inasistencia alimentaria.

Al verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en este caso no se satisface el presupuesto normativo, pues si bien las autoridades del Cabildo Indígena Selvas del Putumayo manifestaron las razones por las cuales consideran que la jurisdicción especial indígena sería la competente para conocer de este caso, el Juzgado Promiscuo Municipal del Valle del Guamez (Putumayo) no expuso argumento de índole constitucional ni legal para fundamentar o negar su competencia, sino que, en el auto en que declaró su falta de jurisdicción, el juzgado se limitó a indicar que la jurisdicción especial indígena tiene fundamento constitucional, que en virtud del artículo 54 de la Ley 906 de 2004 el juez ante el cual se haya presentado su incompetencia debe remitir el proceso al funcionario que deba definirla y que el artículo 241 superior establece que la Corte debe resolver los conflictos de competencia entre jurisdicciones.

La Corte decide declararse inhibida para fallar y resuelve remitir el expediente al Juzgado Promiscuo Municipal del Valle del Guamez (Putumayo) para lo de su competencia, y para que comunique los pertinente a los interesados y al Cabildo Indígena Selvas del Putumayo del Pueblo Inga, autoridad que alega la competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver sobre el aparente conflicto de jurisdicciones con ocasión del expediente CJU-5362, remitido por el Juzgado Promiscuo Municipal del Valle del Guamez (Putumayo) respecto del Cabildo Indígena Selvas del Putumayo del Pueblo Inga.
  2. SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General de esta corporación, REMITIR el expediente CJU-5362 al Juzgado Promiscuo Municipal del Valle del Guamez (Putumayo) para lo de su competencia, y para que comunique los pertinente a los interesados y al Cabildo Indígena Selvas del Putumayo del Pueblo Inga, autoridad que alega la competencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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